RESUMEN JUBILACIÓN SEGURIDAD PRIVADA 2020

 - La edad legal de jubilación se encuentra en fase de incremento gradual desde los 65 años hasta los 67 años en 2027. Para jubilarse en el año 2020 hay que esperar a tener 65 años y 10 meses o al menos 37 años cotizados para poder acceder al 100% de la pensión.

- El tiempo mínimo que hay que cotizar para tener derecho a una pensión de jubilación contributiva son 15 años y dos de esos años deben estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.

- En el año 2020 se tienen en cuenta los últimos 23 años cotizados para la cuantía de la pensión. En 2021 se computarán los últimos 24 años trabajados y en 2022 los últimos 25. 

JUBILACIÓN ANTICIPADA

Jubilación Anticipada derivada del cese involuntario en el trabajo (Despido)

- 33 años cotizados para acceder a la jubilación forzosa.

- No se cobra el 100% de la pensión y se le aplica una reducción del 7,5%.

- La edad real debe ser cuatro años como máximo inferior a la ordinaria.

Jubilación Anticipada voluntaria

- 35 años cotizados

- No se cobra el 100% de la pensión y se aplica una reducción del 8%.

- La edad real debe ser dos años como máximo inferior a la ordinaria.

- Del período de cotización, al menos dos años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

Jubilación Anticipada de trabajadores con discapacidad

- Los trabajadores afectados con determinadas incapacidades superiores al 45% se pueden jubilar si llevan 15 años trabajados con la discapacidad con el requisito de tener cumplidos 56 años reales.

JUBILACIÓN PARCIAL

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España se ha modificado la regulación de la jubilación parcial.